Exportación de pisos de madera

USCOLSALASEEM/COL/01/2024

  • Fecha de petición: 28 de febrero de 24
  • Estado actual: Abierta
  • El solicitante alega la falta de aplicación de la legislación ambiental por parte del Gobierno de Colombia, en lo que respecta al parágrafo 1 del artículo 7 de la Resolución 1367 de 2000 del Ministerio de Ambiente, el cual establece que los interesados en importar o exportar productos forestales en segundo grado de transformación tales como los parquet o pisos de madera, deberán anexar una certificación de la Corporación Autónoma Regional o de la unidad ambiental de los grandes centros urbanos competentes donde conste que están dando cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 64 a 68 del Decreto 1791 de 1996. De acuerdo con la solicitud, las autoridades ambientales consultadas manifestaron no haber expedido la certificación ambiental, salvo una autoridad ambiental que indicó haber expedido cinco (5) certificaciones a partir de 2022 a 3 compañías, los cuales no abarcarían la totalidad de los cargamentos exportados.

    Para el solicitante, la falta de expedición de los certificados de exportación exigidos por el parágrafo 1 del artículo 7 de la Resolución 1367 de 2000 lleva a cuestionar la legalidad de la procedencia de la madera en bruto utilizada para fabricar aproximadamente 3.226 contenedores de pisos exportados desde Colombia entre enero de 2016 y mayo de 2023.

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